sábado, 13 de septiembre de 2008

VIOLENCIA FAMILIAR: NI LA TERCERA EDAD SE SALVA

por el Lic. Diego Flannery La temática del adulto mayor esta insuficientemente tratada y aún menos el maltrato para las personas mayores, situación que recién comienza a preocupar a estudiosos en el tema. Países que han enfrentado desde más larga data el envejecimiento de su población son quienes han dado el pie inicial investigando el maltrato a personas mayores. De allí que es posible encontrar un importante pero escaso flujo de investigaciones que, por las dificultades que presenta tratar un tema tan cargado de emocionalidad como es el maltrato, acusan una falta de solidez, con resultados muy dispares, distintos tipos de muestras y usos diversos para los conceptos de interés. Lo interesante, es que, pese a las dificultades, los estudios han demostrado que el problema existe y que debe ser tratado. El aumento de la población mundial en las últimas décadas ha sido desbordante, hoy, al aumento progresivo de la población adulta mayor, acompañada de la baja tasa de natalidad, se suman: la baja mortalidad infantil y la prolongación de esperanza de vida de las personas. Lo anterior nos lleva a preguntarnos ¿con qué problemas se enfrenta el Adulto Mayor? Pero no basta solo con plantearse aquellos problemas que generalmente son conocidos y “maltratados” por las instituciones, medios de comunicación o por el estado, sino por aquellos problemas que se encuentran más ocultos y que afectan a una gran cantidad de individuos de este grupo etáreo, nos referimos a la violencia o maltrato familiar dirigido a los Adultos Mayores. En la actualidad es reconocido socialmente, recién se están implementando medidas reales para minimizar esta problemática o para resguardar legalmente de esta forma de Violencia, que para algunos es considerada como situaciones demenciales propias de la edad o alucinaciones de los viejos. Historia personal del adulto mayor El haber tomado contacto con el plan Proteger (Del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires), los trabajos realizados a nivel de la CEPAL y destacados profesionales, nos brindaron más información sobre una investigación de campo dinámica y en constante realización, sobre la temática de la tercera edad ó los adultos mayores. Presentamos un resumen relacionado con encuestas a miembros del grupo en conflicto: 1) por un lado la familia nuclear, compuesto por ambos padres o uno de ellos, y hermanos; y familia extensa no tradicional, compuesta por tutores y hermanastros; familia extensa tradicional, compuesta por un padre, hermanos y abuelos. 2) la conformación de estas familias es la dinámica alterada de las familias de origen, la que esta marcada casi en todos los casos por el desempeño del trabajo a temprana edad, un padre ausente por abandono o muerte. 3)Los roles desempeñados por los adultos mayores ante la ausencia o abandono prolongado del padre o madre, son los de cuidadores de sus hermanos mas chicos y proveedores del hogar, casi en su mayoría impuestos, dada la situación económica deficiente de la familia, o bien por los conflictos generados al interior del hogar. 4) La dinámica familiar de las familias de origen de los adultos mayores está marcada por la presencia de maltrato infantil, negligencia, abandono, castigos físicos y despreocupación de los padres. Las relaciones entre los miembros distantes y deserción escolar para asumir roles de proveedor, con tendencia a imponer en los hijos limites cerrados tanto al interior del hogar en la comunicación, entrega de afecto y preocupación por el cumplimiento del rol paterno entre sus miembros; así como en el exterior en la relación con su medio social. 5) La interacción social del adulto mayor es pobre en su infancia y adolescencia, incluso se visualiza que en la mayoría de los casos, está limitada por otro miembro de la familia de origen. En algunos casos se observa que la familia nuclear de procreación ejerce un poder rígido y autoritario sobre ellos, evitando y desmotivando la participación social de los mismos. 6) Se destaca que las redes de apoyo de la infancia no trascienden de las formales (familia), observándose además que en la red informal (entorno, instituciones, etc.) la interacción es discontinua, de bajo contacto estable, entendida de que no son utilizadas para beneficiarse con algún tipo de apoyo o ayuda que complemente las carencias que le entrega la red familiar en cuanto al afecto, afirmación y ayuda, posesionándolos en estado de vulnerabilidad y susceptibilidad a la agresión física, mental y social. 7) En los relatos se aprecia una figura paterna rígida, autoritaria, aún cuando permanecían largos o espaciados tiempos fuera del hogar, se resaltan carencias afectivas y económicas, lazos débiles y distantes. Se observa un claro ejercicio del poder a fin de imponer disciplina, obediencia, control sobre las mujeres, desempeño prematuro de los papeles de la madre, amas de casa, sin embargo lograron desvincularse del dominio de la familia de origen. 8) La característica principal es que la situación de maltrato la sufren los Adultos Mayores en el interior de sus casas en la familia nuclear de procreación y esta relación de maltrato se caracteriza por ser durante varios años y en forma creciente, en algunos casos tienden a justificar los hechos. Se aprecia además que la relación es vital y necesaria para los adultos mayores en sus familias, prefieren mantener la situación de conflicto, antes de quedarse totalmente desprotegidos; ya que a pesar de encontrarse desvinculados de hijos y nietos, perciben a la familia como necesaria, reiterando cierta dependencia para lograr mayor seguridad en el resto de sus vidas. La calidad de esta seguridad no es puesta en juego por temor a perderla. 9) Se observa un distanciamiento intencionado de los hijos con respecto al acercamiento del adulto a grupos o instituciones, poniendo un limite al establecimiento de relaciones o vínculos que generen posiblemente mayores inconvenientes para el hijo o nieto que esta con el adulto, en este caso nos referimos a las preocupaciones de irlos a buscar, a dejar, acompañarlos, temor a que cuenten situaciones familiares. 10) Se observan rostros carentes de expresión de felicidad, de angustia, en algunos casos la conversación se vuelca sumisa y temerosa a la llegada del maltratador ó se entere de lo que están contando. 11) Se observa el maltrato psicológico en donde está presente: La humillación, perciben que para sus familias son causa de vergüenza, ridículo y rechazo, por tanto son relegados a mantenerse en un rincón de la casa, en sus dormitorios, en habitabilidad de éstos son mas ambientales del resto de la vivienda. Constantemente son insultados por su lentitud al desplazarse. 12) Las formas de manipulación más observadas fueron: El ocultamiento de información, frente a las decisiones personales que involucren la estabilidad o compromiso de los integrantes del hogar. La ingerencia en la toma de decisiones es reemplazada por los hijos y nietos. 13) En lo social encontramos el aislamiento de adulto al interior de la familia y la desvinculación que existe de grupos sociales. 14) En algunos de los casos el maltrato es percibido como parte de su proceso de vida, asumiendo que la vejez es un proceso de su vida de decadencia, por una parte por la perdida de funciones físicas y la actividad en el transcurso de los años, son componentes que facilitan su actual situación e interacción familiar. 15) La situación de denuncia es poco clara, ya que al ser consultados los entrevistados, no reconocen la denuncia como tal, solo luego de confirmar algunos antecedentes obtenidos en la investigación sobre la denuncia, expresan que el hecho de atreverse es por esperar que la situación mejore un poco y porque necesitan ayuda de terceros para enfrentar esta forma de vida. 16) El objetivo de la denuncia ha sido una manifestación de reintentar establecer su actividad dentro de la familia, puesto que en lo general la principal interacción que se realiza es la solitaria, es decir ver TV., leer y mantener un pasatiempo como tejer o mirar por la ventana, lo cual genera en ellos una constante insatisfacción; de esta manera la denuncia se convierte en un manifestación de rebeldía y resistencia ala subordinación, pero la cual no pasa de ser un acto breve que no se transforma en un estado continuo de guerra que destruya al otro, es una negociación permanente y siempre inestable que permita la paz. En los casos donde la violencia llega a lo físico, más que buscar denunciar al agresor y levantar cargos, lo que se requiere es “encontrar una salida de alternativa y un lugar donde poder vivir en paz”. CONCLUSIONES ¿Cuál es la percepción de los Adultos Mayores de la situación planteada? • Aislamiento en el interior del hogar familiar. • Diferencia intergeneracional entre el adulto mayor maltratado y el maltratador. • Dependencia en los cuidados y la necesidad de sentirse protegidos. • Pérdida de valor de status del adulto mayor y pérdida de la capacidad del ejercicio de rol proveedor al interior del hogar, lo que se advierte a través de la relación afectiva familiar que supone reciprocidad en la entrega de efecto y preocupación, la cual no se cumple. • Se observa un maltrato sostenido en el tiempo, durante varios años sin escaladas de violencia, basadas principalmente en el aislamiento y maltrato psicológico. PERFIL TENTATIVO DE LAS VICTIMAS DE MALTRATO • Ambos sexos • Edad promedio de 72 años. • Físicamente activo. • Facultades mentales sin mayor deterioro • Aislamiento social. Privado de comunicación con redes de contención. • Maltrato en el pasado por los padres. • Estado de ingreso económica individual pobre. • No pueden vivir independientemente; por situaciones afectivas • Víctimas de negligencia o abandono activo • Carente de sistemas de apoyo informal y formal. • Principal fuente de ingreso la constituye pensiones ó jubilaciones ó pequeños ahorros. PERFIL TENTATIVO DEL MALTRATADOR • El maltratador ha estado en promedio 16 años con el adulto mayor tiempo durante el cual le ha proporcionado maltrato. • El 12,5% son cónyuges, el 87,5% son hijos y sus parejas y nietos del maltratado. • El promedio de edad del maltratador es de 41/42 años. • El 75% de los maltratadores necesita la vivienda del adulto mayor ó de sus ingresos. PROPUESTAS TENTATIVAS DEL PRESENTE TRABAJO Consideramos que la ley actual es una herramienta imperfecta. Pensemos que desde su promulgación en el Boletín Oficial, todavía no ha sido reglamentada. Hay un llamado a los profesionales dedicados a la salud y en este caso particular a los que se han especializado en las temáticas de familia a conformar un frente de acción para poder evaluar la realidad de las mismas y de sus integrantes. No hay soluciones mágicas, pero se debe hacer el intento, no hacerlo nos llevará a ser cómplices de aquellos a los cuales pretendemos detener en sus acciones de maltrato. En su trabajo sobre violencia familiar la Lic. Beatriz Regueiro , nos presta ayuda para poder conceptuarlizar estos hechos y poder determinar prioridades del accionar más conveniente buscando una solución más duradera: “Consideramos más adecuado que las situaciones de violencia que se susciten sean evaluadas en forma previa a la intervención del órgano jurisdiccional por instituciones gubernamentales o no gubernamentales dedicadas a la mediación.” Nosotros consideramos que estas cuestiones de Violencia Familiar tienen una serie de mecanismos que deberán ser trabajados antes de tomar cualquier tipo de decisión, vincule ó no a la denuncia Civil ó Penal ó abra la posibilidad de accionar a entidades mediadoras. “Dichas Instituciones deberán contar con equipos interdisciplinarios capacitados para abordar adecuadamente estas cuestiones, facultado para realizar las derivaciones que crea conveniente y las denuncias pertinentes cuando se dieran situaciones en las que deba intervenir el órgano jurisdiccional para disponer medidas cautelares urgentes y convocar durante la gestión a la representación del ministerio público para colaborar en aquellas situaciones en que las reuniones de mediación, se llevan a cabo en circunstancias de la exclusión acordada de un miembro del grupo familiar.” En lo atinente a la toma de decisiones, la Lic. Regueiro sugiere que,”...pueden resolverse consensuadamente, sin imposiciones, la toma de distancia de quién ha demostrado actitudes violentas;... que evaluaciones diagnósticas o que tratamientos psicológicos o educativos son precisos para mantener la unidad familiar, ya se trate o no, de separación o divorcio, en la intención de minimizar los efectos nocivos ...” , sin olvidarnos que el adulto mayor , como si fuera un niño está en total desamparo, con una autoestima muy baja y una pérdida de sus grupos de pertenencia, que lo llevan a completar la elaboración de duelos. La no elaboración de estos duelos y el agregado de más conflictos no contenidos pueden dar como resultado un mayor desajuste emocional y una mayor disfuncionalidad en su accionar. “Consideramos, -dice la Lic. Regueiro- , que a través de la asunción de la propiedad del conflicto por sus protagonistas, sin delegación de su análisis y resolución en las autoridades judiciales; el diálogo y la toma de conciencia de la situación, así como de las consecuencias que puede acarrearles tal conducta, producirán acuerdos que serán duraderos. En definitiva estos acuerdos implicarán la fijación de las normas adecuadas a ese grupo familiar; lo que ellos quieren y pueden comprometerse a cumplir, libre de interferencias e imposiciones innecesarias del Estado.” Para lograr una acción coordinada y más eficaz, nos plantea una forma de abordaje que hacemos nuestra: MODELO DE ABORDAJE ESTRATEGICO 1) Etapa Evaluativa: como primera alternativa el equipo de mediación podrá efectuar un conocimiento individual de los integrantes del grupo familiar, incluyendo en las audiencias individuales o privadas a todos los que se vean involucrados en la conflictiva, incluyendo a los menores, tanto cuando sean víctimas de la violencia, cuanto integren el núcleo en el que la misma se desarrolla. En esta primera etapa y desde la visión individual de los componentes primarios, se tendrá una noción de la eventualidad o permanencia de la situación violenta así como claridad acerca del tenor de la misma (se trate de violencia física o psíquica). Se podrá elaborar una teoría acerca de la genealogía de estos episodios, de ser recurrentes, o del elemento detonante de la situación de no ser habitual. Permitirá que el equipo actuante profundice en las inquietudes individuales y en la "novela familiar" de cada uno de los involucrados, convocando si fuera el caso, a otros integrantes de la relación parental cuya vinculación con los episodios resultare evidente. La actividad del equipo en esta etapa, tendrá dos momentos: a) de recolección y procesamiento de datos que le permitan, b) actuar eficazmente como agente de realidad a efectos de posibilitar el ingreso al paso siguiente. 2) Etapa explorativa: cuando el equipo considere que las partes se encuentran en condiciones de sentarse en la mesa de negociaciones. En ella los protagonistas del conflicto comenzarán a tomar conocimiento de los efectos que su actuación provoca en el otro o en los demás integrantes del grupo. Con la observación y la escucha desprejuiciada de los mediadores intervinientes, podrá perfilarse la modalidad de respuesta de unos y otros de los participantes, de la posibilidad de desarrollar en el procedimiento el reconocimiento de sí y del otro con la aceptación de las diferencias que ello implica y que fueran causa de la violencia implementada otrora. 3) Etapa de interrelación: logrado el diálogo entre las partes, la convocatoria es reflotar la capacidad de generar propuestas. Si la actividad desarrollada por el equipo fue eficaz y los partícipes lograron dejar de lado las antinomias que los llevaron a la situación conflictiva, aprehendiendo a replantear su situación, con miras a mejorar su situación futura, se podrá pensar en las pautas del acuerdo entre ellos. 4) Etapa de concreción y seguimiento: es el tiempo de establecer un nuevo modo de convivencia a través de la posibilidad de producir un pacto, en función de una palabra valorada y consentida a través de un trabajo paciente y contenido en el espacio de la mediación. BIBLIOGRAFIA: “ANEXO I : Protección contra la violencia familiar; Ley Nº 24.417 “Bazo, Maria Teresa; La Sociedad Anciana; Editorial Centro de Investigación Sociológica; Madrid, España, 1990. “CEPAL; Envejecimiento de la población. Bibliografía seleccionada; Centro Latinoamericano de Demografía, México, 1999. “Landoni, Alejandra y colaboradores; Los niños de otrora; ECUA Ediciones Culturales Universitarias Argentinas; Buenos Aires, Argentina, 1996. “Regueiro, Beatríz Nora y Michelín, Jorge Rómulo; Violencia Familiar, Propedéutica para una intervención posible. “Recorte Periodístico Diario Clarín, Lunes 3 de Mayo de 2004; Sección :Sociedad; Violencia Familiar, datos oficiales en Capital Federal, Autora: Elustondo , Georgina. ANEXO I Protección contra la violencia familiar Ley Nº 24.417 Boletín oficial Nº 28.052 1ª Sección Martes 3 de enero de 1995 Sancionada: diciembre 7 de 1994 Promulgada: diciembre 28 de 1994 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de ley: ARTÍCULO 1º.- Toda persona que sufriese lesiones o maltrato físico o psíquico por parte de algunos de los integrantes del grupo familiar podrá denunciar estos hechos en forma verbal o escrita ante el juez con competencia en asuntos de familia y solicitar medidas cautelares conexas. A los efectos de esta ley se entiende por grupo familiar el originado en el matrimonio o en las uniones de hecho. ARTÍCULO 2º.- Cuando los damnificados fuesen menores o incapaces, ancianos o discapacitados, los hechos deberán ser denunciados por sus representantes legales y/o ministerio público. También estarán obligados a efectuar la denuncia los servicios asistenciales sociales o educativos, públicos o privados, los profesionales de la salud y todo funcionario público en razón de su labor. El menor o incapaz puede directamente poner en conocimiento de los hechos al ministerio público. ARTÍCULO 3º.- El juez requerirá un diagnóstico de interacción familiar efectuado por peritos de diversas disciplinas para determinar los daños físicos y psíquicos sufridos por la víctima, la situación de peligro y el medio social y ambiental de la familia. Las partes podrán solicitar otros informes técnicos. ARTÍCULO 4º.- El juez podrá adoptar, al tomar conocimiento de los hechos motivo de la denuncia, las siguientes medidas cautelares: a) Ordenar la exclusión del autor, de la vivienda donde habita el familiar; b) Prohibir el acceso del autor, al domicilio del damnificado como a los lugares de trabajo o estudio; c) Ordenar el reintegro al domicilio a petición de quién ha debido salir del mismo por razones de seguridad personal, excluyendo al autor; d) Decretar provisoriamente alimentos, tenencia y derecho de comunicación con los hijos. El juez establecerá la duración de las medidas dispuestas de acuerdo a los antecedentes de la causa. ARTÍCULO 5º.- El juez, dentro de las 48 horas de adoptadas las medidas precuatorias, convocará a las partes y al ministerio público a una audiencia de mediación instando a las mismas y su grupo familiar a asistir a programas educativos o terapéuticos, teniendo en cuenta el informe del artículo 3º. ARTÍCULO 6º.- La reglamentación de esta ley preverá las medidas conducentes a fin de brindar al imputado y su grupo familiar asistencia médica psicológica gratuita. ARTÍCULO 7º.- De las denuncias que se presente se dará participación al Consejo Nacional del Menor y la Familia a fin de atender la coordinación de los servicios públicos y privados que eviten y, en su caso, superen las causas del maltrato, abusos y todo tipo de violencia dentro de la familia. Para el mismo efecto podrán ser convocados por el juez los organismos públicos y entidades no gubernamentales dedicadas a la prevención de la violencia y asistencia de las víctimas. ARTÍCULO 8º.- Incorpórase como segundo párrafo al artículo 310 del Código Procesal Penal de la Nación (Ley 23.984) el siguiente: En los procesos por algunos de los delitos previstos en el libro segundo, títulos I, II, III, V y VI, y título V, capítulo I del Código Penal cometidos dentro de un grupo familiar conviviente, aunque estuviese constituido por uniones de hecho, y las circunstancias del caso hicieren presumir fundadamente que pueden repetirse, el juez podrá disponer como medida cautelar la exclusión del hogar del procesado. Si el procesado tuviere deberes de asistencia familiar y la exclusión hiciere peligrar la subsistencia de los alimentados, se dará intervención al asesor de menores para que se promuevan las acciones que correspondan. ARTÍCULO 9º.- Invítase a las provincias a dictar normas de igual naturaleza a las previstas en la presente. ARTÍCULO 10º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional. Alberto R. Pierri. Eduardo Menem. Esther H. Pereyra. Arandia de Pérez Pardo. Edgardo Piuzzi. Dada en la sala de sesiones del Congreso argentino, en Buenos Aires, a los siete días del mes de diciembre del año mil novecientos noventa y cuatro.

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